Subvenciones para la renovación de calderas y equipos de climatización 2021 en Madrid
Madrid lanza «cambia 360» una linea de subvenciones para la renovación de instalaciones térmicas de calefacción y climatización.
Estas subvenciones cuentan con 4 líneas de actuación :
1. Línea «Cero carbón»
Dirigida a la sustitución de calderas de carbón por sistemas conectados a redes urbanas, sin transporte de combustible, en edificios de varias viviendas en el municipio de Madrid.
¿Quién se puede beneficiar de estas ayudas?
Podrán beneficiarse de las subvenciones las comunidades de propietarios de dos o mas viviendas, las personas físicas o jurídicas, comunidad de bienes, u otro ente sin personalidad jurídica propia, titulares o arrendatarios, de fincas de propiedad particular de dos o mas viviendas que :
- Cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.
- Soliciten la concesión del incentivo a través de un empresa instaladora adherida al plan.
- Rellenen correctamente, con este objeto, el boletín de solicitud del incentivo (año 2021).
- Hayan obtenido el código de validación de incentivo (COVI) que garantiza la disponibilidad presupuestaria para el otorgamiento del mismo.
- Hayan aportado en los plazos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria la documentación indicada en las mismas.
- Realicen la instalación y el pago correspondiente en los plazos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.
¿Qué requisitos deben de cumplir las instalaciones para ser subvencionables?
Las instalaciones realizadas deben de cumplir los siguientes requisitos para ser subvencionables:
- La actuación debe realizarse en edificios de propietarios de dos o mas viviendas en la comunidad de Madrid.
- La instalación debe de ser realizada por una empresa instaladora térmica habilitada adherida a esta linea de subvención.
- Las sustituciones deben de llevarse a cabo entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021,salvo en el caso de que el beneficiario sea cualquier entidad que ejerza una actividad económica en cuyo caso solo serán subvencionables las actuaciones que se hayan realizado con posterioridad a la fecha de registro de la correspondiente solicitud de ayuda
- Los equipos que se instalen deben de ser nuevos
- No se podrán acoger a estas ayudas la compra sin instalación.
- Los generadores térmicos que se instalen, se deben de encontrar en la base de datos de equipos eficientes disponible en la web www.calderasyclima.es.
- Los generadores de calor sustituidos deben ser inutilizados.
En ningún caso se consideran actuaciones elegibles aquellas que se hagan sobre las instalaciones térmicas en edificios de nueva construcción, ni las realizas en la ampliación de las instalaciones térmicas de edificios existentes, ni las que se realicen en las instalaciones térmicas de edificios existentes sometidos a un cambio de uso.
2. Línea «Calderas de gasoleo»
Dirigida a la sustitución de instalaciones de calderas de gasóleo por sistemas de alta eficiencia conectados a redes de suministro urbanas que eviten el transporte de combustible en viviendas ,establecimientos, oficinas, locales o empresas sitas en el municipio de Madrid.
¿Quién se puede beneficiar de estas ayudas?
Podrán beneficiarse de las subvenciones, las comunidades de propietarios de dos o mas viviendas, las personas físicas o jurídicas, titulares o arrendatarios de : fincas de propiedad particular de dos o mas viviendas, edificios de viviendas pertenecientes a comunidades de bienes, empresas y edificios pertenecientes al sector terciario que :
- Cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.
- Soliciten la concesión del incentivo a través de un empresa instaladora adherida al plan.
- Rellenen correctamente, con este objeto, el boletín de solicitud del incentivo (año 2021).
- Hayan obtenido el código de validación de incentivo (COVI) que garantiza la disponibilidad presupuestaria para el otorgamiento del mismo.
- Hayan aportado en los plazos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria la documentación indicada en las mismas.
- Realicen la instalación y el pago correspondiente en los plazos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.
¿Qué requisitos deben de cumplir las instalaciones para ser subvencionables?
Las instalaciones realizadas deben de cumplir los siguientes requisitos para ser subvencionables:
- La actuación debe realizarse en viviendas, establecimientos, oficinas, locales o empresas sitas en el municipio de Madrid.
- La instalación debe ser realizada por una empresa instaladora térmica habilitada adherida a esta linea de subvención.
- Las sustituciones deben de llevarse a cabo entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021,salvo en el caso de que el beneficiario sea cualquier entidad que ejerza una actividad económica en cuyo caso solo serán subvencionables las actuaciones que se hayan realizado con posterioridad a la fecha de registro de la correspondiente solicitud de ayuda.
- Los equipos que se instalen deben de ser nuevos.
- La potencia térmica nominal de la instalación térmica será mayor de 50 kW.
- No se podrá acoger a estas ayudas la compra sin instalación.
- Los generadores térmicos que se instalen, se deben de encontrar en la base de datos de equipos eficientes disponible en la web www.calderasyclima.es.
- Los generadores de calor sustituidos deben ser inutilizados.
En ningún caso se consideran actuaciones elegibles aquellas que se hagan sobre las instalaciones térmicas en edificios de nueva construcción, ni las realizas en la ampliación de las instalaciones térmicas de edificios existentes, ni las que se realicen en las instalaciones térmicas de edificios existentes sometidos a un cambio de uso.
3. Línea «Climatización eficiente y sostenible para pymes»
Dirigida a la sustitución de sistemas de climatización poco eficientes y contaminantes por sistemas cero emisiones ( bomba de calor, recuperación de calor, enfriamiento adiabático) de alta eficiencia y sostenibilidad para pymes en la comunidad de Madrid.
¿Quién se puede beneficiar de estas ayudas?
Podrán beneficiarse de las subvenciones las Pymes, asociaciones o entidades sin animo de lucro, titulares o arrendatarios de : establecimientos, oficinas, locales, o empresas y edificios pertenecientes al sector terciario en el municipio de Madrid que :
- Cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.
- Soliciten la concesión del incentivo a través de un empresa instaladora adherida al plan.
- Rellenen correctamente, con este objeto, el boletín de solicitud del incentivo (año 2021).
- Hayan obtenido el código de validación de incentivo (COVI) que garantiza la disponibilidad presupuestaria para el otorgamiento del mismo.
- Hayan aportado en los plazos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria la documentación indicada en las mismas.
- Realicen la instalación y el pago correspondiente en los plazos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.
No podrán acceder a la ayuda los usuarios particulares, grandes empresas, ni Administraciones Publicas o cualquier otro organismo dependiente de estas.
¿Qué requisitos deben de cumplir las instalaciones para ser subvencionables?
Las instalaciones realizadas deben de cumplir los siguientes requisitos para ser subvencionables:
- La actuación debe realizarse en Pymes , establecimientos, oficinas , locales ,empresas o edificios del sector terciario con domicilio social en el municipio de Madrid.
- La instalación debe ser realizada por una empresa instaladora térmica habilitada adherida a esta linea de subvención.
- Las sustituciones deben de llevarse a cabo entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021,salvo en el caso de que el beneficiario sea cualquier entidad que ejerza una actividad económica en cuyo caso solo serán subvencionables las actuaciones que se hayan realizado con posterioridad a la fecha de registro de la correspondiente solicitud de ayuda.
- Las instalaciones deben de trabajar en modo frio o modo frio/calor con una potencia térmica nominal de entre 5 y 30 kW.
- Los equipos que se instalen deben de ser nuevos.
- El certificado de la nueva instalación térmica debe ser emitido por el órgano competente de la comunidad de Madrid.
- El equipo sustituido debe ser retirado del mercado.
- No se podrán acoger a estas ayudas la compra sin instalación.
En ningún caso se consideran actuaciones elegibles aquellas que se hagan sobre las instalaciones térmicas en edificios de nueva construcción, ni las realizas en la ampliación de las instalaciones térmicas de edificios existentes, ni las que se realicen en las instalaciones térmicas de edificios existentes sometidos a un cambio de uso.
4. Línea «Calefacción y agua caliente sin emisiones»
Dirigida a la sustitución de sistemas domésticos de calefacción y producción de agua caliente sanitaria alimentados por combustibles de origen fósil, por sistemas cero emisiones de alta eficiencia y sostenibilidad en viviendas en la comunidad de Madrid.
¿Quién se puede beneficiar de estas ayudas?
Podrán beneficiarse de estas subvenciones las personas físicas, titulares o arrendatarios, de viviendas, individuales o en bloque, ubicadas en el termino municipal del Madrid que:
- Cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.
- Soliciten la concesión del incentivo a través de un empresa instaladora adherida al plan.
- Rellenen correctamente, con este objeto, el boletín de solicitud del incentivo (año 2021).
- Hayan obtenido el código de validación de incentivo (COVI) que garantiza la disponibilidad presupuestaria para el otorgamiento del mismo.
- Hayan aportado en los plazos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria la documentación indicada en las mismas.
- Realicen la instalación y el pago correspondiente en los plazos establecidos en las bases reguladoras de la convocatoria.
¿Qué requisitos deben de cumplir las instalaciones para ser subvencionables?
Las instalaciones realizadas deben de cumplir los siguientes requisitos para ser subvencionables:
- La actuación debe realizarse en viviendas individuales o en bloque en la comunidad de Madrid.
- La instalación debe ser realizada por una empresa instaladora térmica habilitada adherida a esta linea de subvención.
- Las sustituciones deben de llevarse a cabo entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021.Se considera como fecha de sustitución, aquella fecha que figure como fecha registro de entrada ante la ECI de la documentación de legalización de la instalación.
- La potencia térmica nominal del generador de calor instalado tiene que ser menor o igual que 25 kW, y los sistemas de emisión deben ser emisores de calor radiantes ( radiadores o suelo radiante).
- Si se instalan bombas de calor estas deben superar los siguientes rendimientos:
- La eficiencia energética estacional de calefacción será igual o superior al 125% en general y el caso de bomba de calor de baja temperatura superiores al 150%.
- En el caso de producción exclusiva de agua caliente sanitaria, el SCOPdhw será igual o superior a 2,6 en las condiciones de clima medio.
- Los equipos que se instalen deben de ser nuevos.
- En ningún caso se podrá acoger a estas ayudas la compra sin instalación.
- El certificado de la nueva instalación térmica debe ser emitido por el órgano competente de la comunidad de Madrid.
- Los generadores de calor sustituidos deberán ser inutilizados.
En ningún caso se consideran actuaciones elegibles aquellas que se hagan sobre las instalaciones térmicas en edificios de nueva construcción, ni las realizas en la ampliación de las instalaciones térmicas de edificios existentes, ni las que se realicen en las instalaciones térmicas de edificios existentes sometidos a un cambio de uso.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
La cuantía total de la convocatoria es de 13.310.105 €,distribuidos de la siguiente manera::
- Linea «cero carbón»: 2.000.000€
- Linea «calderas de gasóleo»: 8.500.000€
- Linea » climatización eficiente y sostenible para pymes»:1.500.000€
- Linea «Calefacción y agua caliente sin emisiones»:1.310.105€
En caso de que alguna de ellas no complete el nivel de otorgamiento previsto, se podrá redistribuir el presupuesto entre los diferentes ámbitos.
¿Cuál es el proceso para tramitar las subvención?
Las solicitudes se tramitarán por orden cronológico de entrada (día y hora) hasta agotar el crédito disponible. Las solicitudes de ayuda se formularan necesariamente a través de las empresas instaladoras adheridas a estas líneas de ayudas, en nombre de su cliente.
¿Cuál es el plazo para solicitar las subvención?
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 9 de julio y hasta el 26 de noviembre de 2021 .
¿Cual es la finalidad de estas ayudas?
La finalidad de estas ayudas es reducir las emisiones de elementos contaminantes y mejorar la eficiencia energética que genera el sector residencial y comercial en la ciudad de Madrid.