Subvenciones para placas solares en Galicia en 2024
- El INEGA abre el plazo para solicitar subvenciones para instalar placas solares en Galicia.
- Este año 2024 las ayudas se dirigen al ámbito residencial no urbano de Galicia, es decir, rural.
- Además, se otorgarán por concurrencia competitiva.
- La fecha límite para presentar las solicitudes es el 21 de marzo de 2024.
- La cuantía máxima para fotovoltaica es de 6.000€ por vivienda (en proyectos multivivienda 25.000 €).
INEGA (Agencia Instituto Energético de Galicia) abre dos líneas de ayudas nuevas dirigidas al ámbito residencial no urbano de Galicia en 2024: fotovoltaica y térmica.
Estas subvenciones cuentan con una dotación máxima de 1.500.000 € y se adjudicarán por concurrencia competitiva.
Las solicitudes se presentarán a través de las entidades colaboradoras del INEGA.
En este sentido, Energanova es entidad colaboradora del INEGA.
Y también la primera empresa de España especializada en combinación de autoconsumo fotovoltaico con bomba de calor.
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¿Quieres saber más de las subvenciones fotovoltaicas en Galicia?
Sigue leyendo porque aquí te lo contaremos todo: plazos, requisitos para solicitar las ayudas, beneficiarios y más.
Plazos de presentación, ejecución y justificación
El plazo de presentación se abrió el 16 de febrero de 2024 a las 9.00 horas y tiene como fecha límite el 21 de marzo de 2024.
En cuanto a la fecha límite para ejecutar el proyecto y presentar la documentación justificativa de las inversiones, será el 30 de septiembre de 2024.
Beneficiarios de las subvenciones de placas solares del INEGA
Estas ayudas están dirigidas a energía solar fotovoltaica del sector residencial no urbano de la Comunidad Autónoma de Galicia.
En concreto:
- Personas físicas titulares de cualquier derecho sobre un inmueble de carácter residencial.
- Comunidades y mancomunidades de vecinos.
Coste elegible máximo por vivienda
- La ayuda máxima será de 4.000 € por vivienda.
- En caso de que el proyecto incluya baterías de potencia igual o superior a 4 kWh, se incrementará en 2.000 €.
- La cuantía máxima por proyecto multivivienda será de 25.000 €.
Para calcular el coste elegible máximo se tendrá en cuenta el sumatorio de dos componentes:
A) Paneles fotovoltaicos
B) Baterías
- En caso de que la instalación de placas solares no disponga de baterías, en este apartado sumaría cero.
- Si el proyecto lleva baterías de litio se considerarán unos costes sin IVA de 750 €/kWh de capacidad de acumulación.
- A efectos del cálculo de la ayuda final, no se considerará un coste elegible máximo en baterías por capacidad de acumulación (€/kWh) superior a los costes elegibles máximos de la tabla de la instalación solar de la potencia pico en paneles (€/kWp).
¿Qué se subvenciona?
Estos son los conceptos subvencionables de las subvenciones para placas solares en Galicia:
- Paneles solares fotovoltaicos
- Inversores, convertidores, reguladores, cuadros eléctricos, elementos de interconexión, protecciones, cableado, equipos de medidas, etc.
- Monitorización
- Sistema de acumulación con baterías de litio
- El resto de accesorios de la instalación para el correcto funcionamiento del sistema
- Montaje, conexionado y dirección de obra
- El IVA, cuando no sea recuperable
En ningún caso serán subvencionables las ampliaciones de las instalaciones fotovoltaicas asociadas a viviendas que ya fueron objeto de ayuda por parte del Inega en años anteriores.
Criterios de valoración
Al adjudicarse por concurrencia competitiva, se otorgará a aquellos solicitantes que obtengan una mayor puntuación según los criterios establecidos.
Estos son los criterios de valoración:
1. Características técnicas (hasta 50 puntos)
a. Paneles fotovoltaicos
b. Integración arquitectónica de los paneles
2. Grado de utilización de la instalación según el uso y la demanda (hasta 30 puntos)
a. Grado de autoconsumo
b. Ratio de inversión/potencia pico de la instalación
c. Ratio de inversión/potencia pico de la instalación
3. Localización geográfica (hasta 20 puntos)
a. Renta por habitante
b. Ayuntamiento que cumple los criterios de reto demográfico
Compatibilidad con otras ayudas
Las subvenciones concedidas serán incompatibles con otras ayudas, subvenciones o recursos destinados a la misma finalidad.
En ningún caso serán subvencionables las ampliaciones de las instalaciones fotovoltaicas asociadas a viviendas que ya fueron objeto de ayuda por parte del INEGA en años anteriores.
Obligaciones de las personas beneficiarias
Las personas beneficiarias de la ayuda están obligadas a mantener la inversión de que se trate, para la finalidad y con el carácter solicitado, por un período mínimo de 5 años a contar desde el último día de pago al beneficiario.
Casos prácticos
A continuación vamos a ver 3 casos prácticos de cómo se aplican estas ayudas para la instalación de paneles solares en Galicia.
Caso práctico 1
Pongamos el caso de una vivienda unifamiliar con una instalación de:
- 3kWp de paneles solares (generación)
- 5,12kWh de baterías
Para instalar paneles solares (generación)
Según la tabla de cálculo del coste elegible máximo para los paneles, estamos en el primer rango:
Determinamos el coste elegible en base a la tabla:
3 kWp * 1950 €/kWp = 5.850 € = Coste elegible
La intensidad de la ayuda será del 50 % del coste elegible.
Por lo tanto:
5.850 €/2 = 2.925 € -> Cuantía de la ayuda en concepto de generación
Para almacenamiento (baterías)
En este caso, determinamos el coste elegible del siguiente modo:
750€/kWh siempre que sea menor que el coste elegible del concepto de
generación.
En caso de que sea superior, el coste elegible en almacenamiento
coincidirá con el coste elegible en generación:
5,12 kWh * 750 €/kWh =3.840 € < 5.850 € (coste elegible en generación)
La intensidad de la ayuda será del 50 % del coste elegible.
Por lo tanto:
3.840 €/2 = 1.920 € -> Cuantía de la ayuda en concepto de almacenamiento
CUANTÍA TOTAL DE LA AYUDA
Generación + baterías = 2.925 + 1.920 = 4.845 €
Caso práctico 2
En este caso se trata de un proyecto de instalación de placas solares en una vivienda unifamiliar con estas características:
- 2,76kWp de paneles solares (generación)
- 7,68kWh de baterías
Para los paneles (generación)
Según la tabla de cálculo del coste elegible máximo para los paneles, estaríamos también en el primer rango:
Determinamos el coste elegible en base a la tabla:
2,76kWp * 1950 €/kWp = 5.382 € = Coste elegible
La intensidad de la ayuda será del 50 % del coste elegible.
Por lo tanto:
5.382 €/2 = 2.691 € -> Cuantía de la ayuda en concepto de generación
Para almacenamiento (baterías)
Determinamos el coste elegible del siguiente modo:
750€/kWh siempre que sea menor que el coste elegible del concepto de
generación.
En caso de que sea superior, el coste elegible en almacenamiento
coincidirá con el coste elegible en generación:
7,68 kWh * 750 €/kWh =5.760 € < 5.382 € (coste elegible en generación)
La intensidad de la ayuda será del 50 % del coste elegible.
En este caso, el coste elegible queda limitado por el coste elegible en generación.
Por tanto:
5.382 €/2 = 2.691 € -> Cuantía de la ayuda en concepto de almacenamiento
Pero a su vez existe una limitación máxima de la ayuda para almacenamiento de 2.000 €. Por lo que la ayuda en concepto de almacenamiento sería de 2.000 €.
CUANTÍA TOTAL DE LA AYUDA
Generación + baterías = 2.691 + 2.000 = 4.691 €
Caso práctico 3
En este último caso práctico se trata de una vivienda unifamiliar con una instalación de:
- 4,6kWp de paneles solares (generación)
- 5,12kWh de baterías
Para los paneles (generación)
Según la tabla de cálculo del coste elegible máximo para los paneles, estaríamos en el segundo rango:
Determinamos el coste elegible en base a la tabla:
4,6kWp * (2400-150*4,6 €/kWp) = 7.866 € = Coste elegible
La intensidad de la ayuda será del 50 % del coste elegible.
Por lo tanto:
7.866 €/2 = 3.933 € -> Cuantía de la ayuda en concepto de generación
Para almacenamiento (baterías)
Determinamos el coste elegible del siguiente modo:
750€/kWh siempre que sea menor que el coste elegible del concepto de
generación.
En caso de que sea superior, el coste elegible en almacenamiento
coincidirá con el coste elegible en generación:
5,12 kWh * 750 €/kWh = 3.840 € < 7.866 € (coste elegible en generación)
La intensidad de la ayuda será del 50 % del coste elegible.
En este caso, el coste elegible queda limitado por el coste elegible en generación.
Por tanto:
3.840 €/2 = 1.920 € -> Cuantía de la ayuda en concepto de almacenamiento
IMPORTE TOTAL DE LA AYUDA
Generación + baterías = 3.933 + 1.920 = 5.853 €
Si tenemos en cuenta que el presupuesto de estos tres casos prácticos rondaría los 9.000 o 10.000 €, el ahorro con la subvención podría alcanzar el -50% o -60% del coste.
Lo que implica plazos de amortización muy reducidos.
En conclusión…
Hay diferentes tipos de subvenciones para instalar paneles solares.
Una de las ayudas y subvenciones de autoconsumo fotovoltaico a las que puedes optar es la del INEGA de la Xunta de Galicia.
Hasta 2023 muchas viviendas se beneficiaron también de los fondos europeos Next Generation.
Pero también existen programas de incentivos como bonificaciones fiscales o bonificación fiscal del ibi que te conviene revisar.
Todas estas ayudas estatales se gestionan a través de comunidades autónomas y administraciones públicas.
Y su principal objetivo es fomentar la instalación de paneles solares y la eficiencia energética, mediante el uso de energías renovables.
En cualquier caso, para ser beneficiario debes cumplir con todos los requisitos que se exigen en la convocatoria correspondiente.
Uno de ellos, en el caso de las subvenciones de Galicia es contar con una entidad colaboradora del INEGA.
Energanova es entidad colaboradora del INEGA.
Además, contamos con:
- Más de 15 años integrando sistemas fotovoltaicos con bomba de calor
- Más de 600 instalaciones de bomba de calor geotérmica/aerotérmica e integración fotovoltaica en España
- A día de hoy somos la empresa con mayor número de instalaciones y potencia instalada en España.
- Somos pioneros y especialistas en España en la combinación de autoconsumo fotovoltaico con bomba de calor (geotermia o aerotermia con placas solares).
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