Cómo conseguir una subvención de hasta el 100% para instalar fotovoltaica y bomba de calor en tu comunidad de propietarios. Plazo: noviembre 2024
El IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) abre este mes de septiembre de 2024 el plazo de ayudas para inversión en proyectos innovadores de:
- Energías renovables
- Almacenamiento
- Sistemas térmicos renovables
Estas ayudas se enmarcan dentro del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU.
- El plazo de solicitudes es del 30 de septiembre al 18 de noviembre de 2024.
- El plazo de ejecución será desde la solicitud hasta el 31 de marzo de 2026.
- Las ayudas se tramitarán por concurrencia competitiva.
- La cuantía de la ayuda dependerá de la potencia instalada y de la tecnología utilizada.
Al final de este artículo te mostraremos dos supuestos prácticos donde verás más claro cómo conseguir una importante subvención, en este caso del 83% de la inversión, con un plazo de amortización por vecino de un año y medio.
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¿A quién se dirigen estas ayudas?
Se dirigen a:
- Personas jurídicas (públicas o privadas) legalmente constituidas,
- comunidades de propietarios para ciertos programas, y
- agrupaciones de estas entidades, incluso sin personalidad jurídica propia.
Proyectos subvencionables
Estas ayudas se destinan a proyectos enfocados en la innovación de energías renovables en las siguientes líneas de actuación:
a) Programa de incentivos 1: Proyectos innovadores de instalaciones agrivoltaicas con almacenamiento.
– Subprograma 1.1: Agrivoltaica intercalada con el cultivo.
– Subprograma 1.2: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo 2 m ≤ h ≤ 4 m.
– Subprograma 1.3: Agrivoltaica con estructura sobre el cultivo h > 4 m
b) Programa de incentivos 2: proyectos innovadores de instalaciones fotovoltaicas flotantes en espacios artificiales con almacenamiento.
c) Programa de incentivos 3: proyectos innovadores de integración de renovables con almacenamiento en infraestructuras.
d) Programa de incentivos 4: proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento con participación de consumidores vulnerables.
e) Programa de incentivos 5: proyectos innovadores de instalaciones de bombas de calor renovables.
En este artículo nos centraremos sólo en los programas de incentivos 4 (fotovoltaica) y 5 (bombas de calor) por ser de interés de los clientes de Energanova.
¿Qué se subvenciona en estas ayudas?
En estas subvenciones podrás optar a dos tipos de ayudas:
- Autoconsumo colectivo (programa de incentivos 4): proyectos innovadores de autoconsumo colectivo con almacenamiento, con tecnología fotovoltaica o eólica.
- Bombas de calor (programa de incentivos 5): proyectos innovadores de bombas de calor renovables .
¿Cuál es el importe de las subvenciones?
Para el cálculo de las ayudas se debe considerar la potencia instalada de la instalación subvencionable, en función de la tecnología utilizada.
En el caso del programa 4 de fotovoltaica, se tendrá en cuenta la suma de las potencias máximas unitarias de los módulos fotovoltaicos de la instalación.
Para el programa 5, se tomará como potencia instalada aquella extraída de la ficha técnica o especificaciones del fabricante.
En cuanto al límite de ayudas se debe tener en cuenta lo siguiente:
- La ayuda total concedida no podrá superar los 30 millones de euros por empresa y proyecto de inversión.
- La ayuda total podrá exceder los gastos subvencionables de la actuación.
- El límite máximo por programa es de 150 millones de euros.
El IDAE, podrá conceder anticipos de las ayudas a los beneficiarios que lo soliciten.
Estos anticipos se considerarán como pago a cuenta, siendo como máximo el importe de la ayuda total concedida, previa aportación de una garantía.
En las siguientes tablas se muestran los módulos máximos que definen la ayuda para cada uno de los dos programas de incentivos 4 y 5, que son objeto de este artículo:
Ayudas para el programa de incentivos 4: Fotovoltaica
Ayudas para el programa de incentivos 5: bombas de calor renovables
¿Qué requisitos deben cumplir los beneficiarios de estas ayudas?
Los requisitos de estas subvenciones varían dependiendo del programa de incentivos.
Estos son los requisitos de los programas 4 y 5:
Para el programa de incentivos 4: Fotovoltaica
Los requisitos para el programa 4 de fotovoltaica son los siguientes:
- Potencia de generación superior a 100kW: se puede conseguir esta potencia mediante proyectos agrupados de instalaciones individuales superiores a 15 kWp y que en su conjunto sumen una potencia igual o mayor a 100 kW.
- Tienen que ser instalaciones de autoconsumo colectivo, conectadas a red, con o sin excedentes.
- Tiene que haber al menos un 10% de consumidores vulnerables* entre los consumidores asociados a la instalación colectiva.
*Se considera vulnerable el consumidor beneficiario del bono social.
Para el programa de incentivos 5: bombas de calor renovables
En cuanto al programa 5 de ayudas para bombas de calor renovables, estos son los requisitos:
- SPF>2,415
- Potencia mínima 500kW: se podrán incluir proyectos agrupados de instalaciones individuales mediante bomba de calor de potencia superior a 5 kW y que en conjunto sume una potencia igual o mayor a 500 kW.
- En el caso de comunidades de propietarios la potencia mínima será de 70kW.
¿Cuáles son los plazos de solicitud y ejecución?
- El plazo de solicitud es del 30 de septiembre al 18 de noviembre de 2024.
- El plazo para la realización de inversiones y ejecución será hasta el 31 de marzo de 2026.
- El plazo de justificación será de 3 meses, a partir de la fecha en que expire el plazo máximo de ejecución.
Además, solo se admitirán proyectos cuya ejecución no se haya iniciado con anterioridad a la solicitud de la ayuda.
¿Estas ayudas son compatibles con otras?
Sí serán compatibles con otras ayudas concedidas por otras administraciones públicas siempre y cuando el importe de la subvención no supere el coste del proyecto y cumpla con las normativas.
Son incompatibles con otras ayudas concedidas por la Unión Europea para la misma finalidad.
Ejemplos prácticos
A continuación te mostraremos dos supuestos para una comunidad de vecinos en Madrid (zona climática D):
- Supuesto 1: instalación con bomba de calor aerotérmica
- Supuesto 2: instalación con bomba de calor geotérmica
El año de construcción de este edificio es 2006, cuenta con 66 viviendas y una superficie media de 90m2.
La superficie total a calefactar es de 5.940 m2.
El sistema de calefacción y ACS (agua caliente sanitaria) actual cuenta con:
- Un sistema centralizado de calefacción con 2 calderas de gasóleo (475kW).
- Radiadores de aluminio.
- Acumulación ACS.
El gasto actual es el siguiente:
- Gasóleo anual consumo calderas (Calef y ACS): 84.810€
- Consumo eléctrico anual (zonas comunes y viviendas): 68.360€
- GASTO TOTAL: 153.170€
- IBI: 33.000€
Supuesto 1
Transformación propuesta
En el primer supuesto se propone lo siguiente:
- Cascada de 8 bombas de calor aerotérmicas (400 kW)
- Radiadores de aluminio (mantenemos los existentes)
- Acumulación de ACS (nuevos acumuladores)
Gasto futuro anual
Una vez realizada la inversión, el gasto anual del edificio será el siguiente:
- Gasto eléctrico de consumo de bomba de calor aerotérmica (calefacción y ACS): 50.886 €
- Consumo eléctrico (zonas comunes y viviendas): 68.360 €
- Ahorro por producción fotovoltaica: -21.000 €
- CONSUMO FINAL: 98.246 €
Inversión
La inversión a realizar para lograr este consumo energético anual será la siguiente:
- Sistema aerotérmico: 472.000 €
- Sistema fotovoltaico 100kW con acumulación en baterías (50kWh): 106.000 €
- TOTAL INVERSIÓN: 578.000 €
Subvención
Al solicitar la subvención del IDAE, la comunidad recibirá los siguientes importes:
- Sistema aerotérmico: 300.000 €
- Sistema fotovoltaico 100kW con acumulación en baterías (50kWh): 87.500 €
- TOTAL SUBVENCIÓN: 387.500 € (67% de la inversión)
Conclusiones
Teniendo en cuenta el importe de la subvención podemos concluir con estos datos:
- La inversión total por vivienda es de 2.886€
- El ahorro anual por cada vivienda tras las actuaciones es de 1.082,18€
- El plazo de amortización de la inversión es de 2,67 años
Para hacer este cálculo, hemos tenido en cuenta tanto el ahorro anual energético, como la bonificación por el IBI:
- Ahorro anual energético: -54,924€
- Bonificación anual IBI (se aplica durante 5 años): -16.500€
Supuesto 2
Transformación propuesta
En el segundo supuesto se propone lo siguiente:
- Cascada de 2 bombas de calor geotérmicas (400 kW)
- Radiadores de aluminio (mantenemos los existentes)
- Acumulación de ACS (nuevos acumuladores)
Gasto futuro anual
Una vez realizada la inversión, el gasto anual del edificio será el siguiente:
- Gasto eléctrico de consumo de bomba de calor geotérmica (calefacción y ACS): 33.924 €
- Consumo eléctrico (zonas comunes y viviendas): 68.360 €
- Ahorro por producción fotovoltaica: -21.000 €
- CONSUMO FINAL: 81.284 €
Inversión
La inversión a realizar para lograr este consumo energético anual será la siguiente:
- Sistema geotérmico: 720.000 €
- Sistema fotovoltaico 100kW con acumulación en baterías (50kWh): 106.000 €
- TOTAL INVERSIÓN: 826.000 €
Subvención
Al solicitar la subvención del IDAE, la comunidad recibirá los siguientes importes:
- Sistema aerotérmico: 600.000 €
- Sistema fotovoltaico 100kW con acumulación en baterías (50kWh): 87.500 €
- TOTAL SUBVENCIÓN: 687.500 € (83% de la inversión)
Conclusiones
Teniendo en cuenta el importe de la subvención podemos concluir con estos datos:
- La inversión total por vivienda es de 2.098€
- El ahorro anual por cada vivienda tras las actuaciones es de 1.339,18€
- El plazo de amortización de la inversión es de 1,57 años
Para hacer este cálculo, hemos tenido en cuenta tanto el ahorro anual energético, como la bonificación por el IBI:
- Ahorro anual energético: -71,886€
- Bonificación anual IBI (se aplica durante 5 años): -16.500€
Qué pasos tengo que seguir para acceder a estas subvenciones
1. Comprueba que cumples con los requisitos
Asegúrate de que tu comunidad cumple los requisitos que se establecen en la convocatoria de estas ayudas.
Aquí puedes comprobar en detalle las bases de la convocatoria.
2. Contacta con una Empresa instaladora especializada como Energanova
Busca una empresa fiable para ejecutar tu proyecto.
Además, asegúrate de que te ayudarán a gestionar la ayuda y que tienen experiencia en este tipo de gestiones.
Si quieres contactar con Energanova, solicita un estudio gratuito y te informaremos de todo.
3. Presenta tu solicitud
La empresa instaladora que elijas debe tener en cuenta:
- Toda la documentación y gestiones necesarias para presentar la solicitud.
- La fecha límite de presentación: hasta el 18 de noviembre de 2024.
- El período subvencionable en que se tendrá que realizar la obra: hasta el 31 de marzo de 2026.
- La fecha límite para presentar la justificación.
En Energanova tenemos experiencia en este tipo de proyectos y te podemos ayudar a llevarlo a cabo con éxito.
También nos ocuparemos de la gestión y tramitación de solicitudes de estas ayudas, para que no tengas que ocuparte de nada.
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