Las 10 preguntas más frecuentes sobre el autoconsumo colectivo

Las 10 preguntas más comunes sobre el autoconsumo colectivo para comunidades de vecinos

¿Vives en una comunidad de propietarios y te estás planteando hacer una instalación de autoconsumo colectivo para reducir la factura de la luz?

Lo más probable es que te estés preguntando si esto es posible y tienes un montón de dudas que te gustaría resolver ahora mismo.

Antes de nada debes saber que sí.

Puedes beneficiarte de paneles solares, tanto para uso de zonas comunes como para tu propia vivienda.

También puedes hacerlo si vives en una zona residencial o si tienes una empresa en un polígono industrial.

Y es que el Real Decreto 244/2019 marcó un antes y un después en el autoconsumo colectivo en España.

¿Por qué?

Porque a partir de ese momento se abrió la veda para poder compartir las instalaciones de placas solares con otros autoconsumidores.

Esto fue una gran noticia porque los propietarios de viviendas de edificios, zonas residenciales y sector industrial podrían al fin beneficiarse de la energía del sol.

Ahora bien.

Todo esto también ha generado muchas dudas.

¿Cómo funciona el reparto de energía? ¿Es de verdad rentable el autoconsumo compartido? ¿Quién se puede beneficiar? ¿Qué trámites hay que hacer? ¿Existen subvenciones para la instalación de autoconsumo comunitario? ¿Dónde se pueden colocar placas solares en una comunidad?

Y muchas preguntas más que seguro te están asaltando en este momento.

En este post te vamos a ayudar a despejar todas estas dudas y otras que quizás aún no te habías planteado.

Vamos a ello.

1# ¿Qué es un autoconsumo colectivo?

El autoconsumo compartido consiste en un acuerdo entre consumidores para repartir el consumo de energía de una o varias instalaciones generadoras.

Por ejemplo, de energía fotovoltaica a las que se encuentran asociados.

Es decir, en un autoconsumo colectivo varios consumidores se encuentran asociados a las mismas instalaciones de generación.

Y deben cumplir con lo siguiente:

  • 1# Misma modalidad de autoconsumo

Todos los consumidores participantes asociados deben pertenecer a la misma modalidad de autoconsumo (sin excedentes o con excedentes).

  • 2# Mismo acuerdo de reparto de energía de la instalación

Deben comunicar de forma individual a la empresa distribuidora -directamente o a través de la comercializadora- un mismo acuerdo de reparto de energía de la instalación o instalaciones productoras firmado por todos los participantes.

Por ejemplo, si dos vecinos se encuentran asociados a una misma instalación de autoconsumo instalada en la cubierta de su edificio, uno de ellos podría asignarse un coeficiente de reparto de la producción de dicha instalación de un 60% y el otro de un 40%.

El acuerdo de reparto de energía se realiza mediante el establecimiento de los coeficientes de reparto acordados entre los consumidores.

Estos coeficientes de reparto establecen qué porcentaje de energía de la instalación generadora se distribuye a cada consumidor de forma horaria, y pueden modificarse cada 4 meses.

Los coeficientes de reparto pueden ser fijos o variables para cada hora del año.

2# ¿Es rentable compartir una instalación fotovoltaica con más vecinos?

Sí, es rentable compartir una instalación fotovoltaica por estos motivos:

  • Tu inversión será menor al repartirse entre varios consumidores.
  • Amortizarás la instalación rápidamente: una inversión más reducida supondrá una amortización en menos tiempo.
  • Mayor ahorro económico.
  • Utilización de energía limpia para combatir el cambio climático y disminuir la huella de carbono.
  • Aunar fuerzas con otros consumidores supone más facilidades, recursos y espacio disponible para la instalación.

3# ¿Qué requisitos son necesarios para conformar un autoconsumo colectivo?

Lo primero que se debe cumplir para poder tener una instalación fotovoltaica en una comunidad de vecinos es que se pongan de acuerdo un 33% de ellos o una tercera parte.

Y que representen el 33% de las cuotas de participación.

Además deberán cumplir al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Las instalaciones generadoras asociadas a los consumidores deben estar unidas o  conectadas a través de líneas directas a la red interior de los consumidores.
  • Los participantes deben estar conectados al mismo centro de transformación.
  • Como máximo, la distancia entre la instalación que genera energía y cada participante, debe ser de 500 m medidos en proyección ortogonal en planta.
  • Los consumidores deben estar ubicados en la misma referencia catastral según sus primeros 14 dígitos.

4# ¿Qué trámites hacer para una instalación de autoconsumo

compartido?

Instalar placas solares en una comunidad de vecinos, en una zona residencial o en un área industrial es algo complejo.

En todo el proceso intervienen una serie de actores con funciones diferenciadas (consumidor, titular de la instalación, propietario de la instalación, la empresa instaladora, la comercializadora, etc.).

Todos estos juegan un papel en los distintos trámites a realizar, que pueden resumirse en los siguientes:

  1. Contrato de compra-venta o acuerdo de reparto de energía entre los propietarios.
  2. Gestión de permisos con el Ayuntamiento o la empresa de suministro eléctrico.
  3. Estudio previo donde se reflejará el tipo de instalación, los costes, el diseño, etc.
  4. Proyecto de instalación con la empresa que hayas elegido.

Por lo general, la empresa instaladora te va a ayudar en todo este proceso y trámites necesarios para que puedas poner en marcha tu instalación de autoconsumo colectivo, sin que tengas que ser un experto en ello.

En Energanova llevamos años ayudando a particulares y empresas a instalar su sistema de autoconsumo, encargándonos -además- de todos los trámites y gestiones.

5# ¿Qué modos de conexión son posibles en un autoconsumo colectivo?

Existen dos posibles modos de conexión eléctrica para autoconsumo colectivo:

Con conexión en red interior: con un enlace de la instalación generadora a la red interior de los consumidores.

Con conexión a través de red: aquí es obligatorio pertenecer a la modalidad de autoconsumo con excedentes. En este caso, la instalación generadora se encuentra enlazada a la instalación de un consumidor como mínimo y se puede adherir a la modalidad de compensación por excedentes.

En este caso, por ejemplo, las viviendas unifamiliares de esta imagen podrían formar parte de un autoconsumo colectivo con la instalación generadora en el edificio.

Por su parte, en la siguiente imagen el edificio puede establecer un autoconsumo colectivo con la instalación generadora en el polideportivo.

En el siguiente caso, la instalación de generación se conecta directamente a la red de distribución. Aquí los participantes que quieran asociarse no se podrán acoger a la compensación simplificada:

Aquí, si los consumidores asociados a la instalación fotovoltaica del pabellón quieren acogerse al mecanismo de compensación de excedentes, deben hacerlo mediante una red interior independientemente de las conexiones que tengan los consumidores.

Para cualquiera de los casos de conexión de autoconsumo colectivo, deberás contar con un contador de generación para poder saber la energía generada y hacer el reparto entre los consumidores de forma correcta.

6# ¿Dónde se coloca una instalación fotovoltaica comunitaria?

La instalación fotovoltaica podría situarse en la cubierta de un edificio de viviendas, sobre una o varias viviendas unifamiliares de una urbanización o en alguna zona comunitaria.

7# ¿Qué subvenciones existen para instalaciones fotovoltaicas en autoconsumo colectivo?

Hasta el 31 de diciembre de 2023 se pueden presentar solicitudes para las subvenciones actuales, correspondientes a los programas 4 y 5 del Real Decreto 477/2021, que gestiona cada Comunidad Autónoma.

Estas ayudas están destinadas a autoconsumo colectivo para comunidades de propietarios, a personas físicas y también al sector industrial.

Según el RD 477/2021 los proyectos que hayan declarado ser de autoconsumo colectivo o llevarse a cabo en un edificio plurifamiliar, deberán aportar justificación, presentando:

  • el acuerdo firmado por todos los participantes que recoja los criterios de reparto, o
  • el acuerdo de la comunidad de propietarios, o
  • la justificación de su inclusión en el registro administrativo de autoconsumo que indique este tipo de autoconsumo.

Pero, ¿Qué es subvencionable exactamente?

Son subvencionables instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo con o sin almacenamiento.

También la incorporación de almacenamiento en instalaciones existentes.

¿Cuál es la cuantía de estas subvenciones?

Las intensidades de la ayuda para el sector residencial varían en función de la potencia instalada.

Por ejemplo, en el caso de instalaciones de autoconsumo colectivo inferiores a los 10 kWp de potencia pico, la ayuda es de 710 € por kWp instalado y si la potencia total se encuentra entre 10 y 100 kWp la ayuda correspondiente es de 535 €/kWp.

¿Cuáles son los plazos para tramitar la subvención y ejecutar la obra?

Como hemos comentado más arriba, puedes tramitar tu subvención hasta el 31 de diciembre de 2023.

Puedes optar a ella si tu proyecto de instalación de autoconsumo se va a ejecutar con posterioridad al 30 de junio de 2021 (fecha en que se publicaron las bases reguladoras del R.D 477/2021).

Una vez concedida la subvención -si no lo has hecho ya-, tienes 18 meses de plazo (a contar desde notificación de resolución) para ejecutar y justificar la ayuda.

8# ¿Qué es el acuerdo de reparto de la energía en el autoconsumo compartido?

El acuerdo de distribución de energía es un documento que tienen que firmar todos los participantes de una instalación de autoconsumo compartido.

Este documento establece todos los criterios para distribuir la producción entre los distintos consumidores (es decir, las personas que van a utilizar la instalación).

El acuerdo debe incluir:

  • La modalidad de autoconsumo de dicha instalación.
  • El código CAU, que se utiliza a efectos de identificación.
  • El NIF y coeficientes de repartos de los consumidores que representan la titularidad, entre otros datos.
  • La instalación de generación asociada.

La distribución de la energía producida se fijará según los criterios que los participantes consideren más oportunos.

Por lo general, se hace un reparto equitativo de la energía entre todos los asociados.

También se puede establecer un reparto en función del consumo eléctrico de cada vivienda.

La única limitación es que éstos deben utilizar coeficientes fijos que sumen 1.

Este documento firmado con todos los datos necesarios tendrá que entregarse a la distribuidora.

En el siguiente ejemplo entenderás mejor cómo funcionan los criterios de reparto en función de la energía producida:

Una planta produce 10kW para 4 propietarios de viviendas.

  • El primero recibe un 20%
  • El segundo un 30%
  • Los otros dos, un 25% cada uno

En este caso, el primero recibe 2 kW, el segundo 3kW y los otros dos 2,5 kW cada uno.

Consumidores asociadosCoeficiente de repartoEnergía generada por consumidor
Consumidor 120%2 kWh
Consumidor 230%3 kWh
Consumidor 325%2,5 kWh
Consumidor 425%2,5 kWh

¿Cuánto tiempo dura el acuerdo de reparto?

Este acuerdo estará vigente siempre que no se comunique lo contrario a la distribuidora.

¿Qué pasa si algún propietario quiere darse de alta o de baja?

Si se quiere hacer un cambio en el acuerdo (como dar de baja un usuario o incorporar uno nuevo), se deberá firmar otro acuerdo actualizado y comunicarlo a la distribuidora con todos los datos necesarios.

9# ¿Quién puede acogerse a una instalación fotovoltaica compartida?

Podrán acogerse a este tipo de instalación:

  • comunidades de propietarios,
  • zonas residenciales,
  • polígonos industriales,
  • empresas ubicadas en un mismo edificio de oficinas.

El autoconsumo colectivo en comunidades de propietarios es el más común.

En este caso existen dos posibilidades:

  • Para el consumo de sus propias viviendas.
  • Para el consumo en zonas comunes.

En ambos casos, deben estar de acuerdo un 33% de los vecinos y firmar un acuerdo de reparto (tal y como se ha explicado más arriba) o especificarlo en el contrato si se aplica para zonas comunes.

En polígonos industriales también puede ser muy interesante instalar paneles solares de forma conjunta entre varias empresas.

Al igual que en comunidades de vecinos, también deben cumplir ciertos requisitos y firmar un acuerdo para definir los coeficientes de reparto.

También se puede instalar un autoconsumo colectivo en zonas residenciales donde dos viviendas unifamiliares se encuentren a una distancia máxima de 500 metros, cumplan los requisitos y cuenten con un documento de acuerdo de reparto.

10# ¿Todos los participantes deben tener contratada la misma comercializadora?

No. Cada consumidor puede tener el suministro con la comercializadora que quiera.

¿Tienes más dudas?

Te invitamos a que contactes con Energanova Ahora para resolver cualquier cuestión y que puedas disfrutar cuanto antes de tu instalación de autoconsumo colectivo.

¡No hay tiempo que perder!

Vanesa
Vanesa
Departamento de marketing y comunicación en Energanova.

8 comentarios

  • Buenos días,

    Estaría interesado en presupuesto de un edificio (en Finestrat, Alicante), en modalidad autoconsumo colectivo.
    Por favor, me podrían enviar datos de la persona con la que ponerme en contacto para ver este tema?
    Muchas gracias, un saludo,

    1. Hola J.carlos,
      Puedes dejarnos tus datos aquí y uno de nuestros técnicos se pondrá en contacto contigo para solicitarte la información necesaria para elaborarte el presupuesto.
      Un saludo

  • Si solicitas permisos de Acceso y conexión a una distribuidora para un autoconsumo colectivo los consumidores que van a pertenecer a ese autoconsumo colectivo y que cumplen con la distancia de encontrarse a menos de 2 km del contador de generación, ¿pueden pertenecer a otra distribuidora? o tiene que ser la misma?

    1. Hola Sergio,
      Si se solicitan permisos de acceso y conexión a una distribuidora para un autoconsumo colectivo, los consumidores que van a pertenecer a ese autoconsumo colectivo y que cumplen con la distancia de encontrarse a menos de 2 Km del contador de generación, pueden pertenecer a otra distribuidora siempre y cuando esta última tenga un acuerdo de colaboración con la distribuidora que autorizó la conexión del autoconsumo colectivo. En caso, contrario deberán cambiar de distribuidora para poder formar parte del autoconsumo colectivo.

  • Hola.

    Tengo una duda. Alguien que ya tenga consumo individual, ¿puede compatibilizarlo y formar parte también de una comunidad de autoconsumo?. El presidente de nuestra comunidad está planteando el autoconsumo colectivo pero yo ya tengo paneles solares en mi tejado. ¿Puedo añadirme a la comunidad de autoconsumo y aumentar así mi producción solar teniendo por un lado mis paneles, y por otro lado la participación en la comunidad de autoconsumo colectivo?

    1. Hola Pedro,

      Aunque sí es cierto que nunca se nos ha dado esta casuística,en principio no vemos ningún inconveniente, ni a nivel técnico ni administrativo, para que puedas seguir utilizando la energía generada por tus paneles y a la vez participar en el reparto del autoconsumo colectivo de tu comunidad.

  • Buenas tardes.

    Una instalación en cubierta nave industrial como primer usuario y otros dos a menos de 2km del primero ¿Qué modo de autoconsumo colectivo puede ser?

    1. Hola Miguel,
      Efectivamente la instalación que nos planteas es un autoconsumo colectivo, que puede ser con excedentes o sin excedentes. El autoconsumo con excedentes a su vez puede ser con compensación simplificada o venta, dependiendo de la potencia.
      Si necesitas ampliar más información puedes dejarnos tus datos aquí, y uno de nuestros técnicos se pondrá en contacto contigo para resolverte todas tus dudas.
      Un saludo

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